La transmisión de escenas íntimas y privadas de la vida familiar, y de situaciones de gran sufrimiento emocional de los niños, les expone a la mirada de millares de personas, vulnerando su derecho a la intimidad y honor, ambas previstas en la legislación, pudiendo ocasionar graves daños a su imagen tanto en ese momento como más adelante en su vida.
Por aportar otros argumentos significativos en esta línea, en Portugal, hace unos años, el programa fue investigado por la fiscalía por los mismos motivos que estamos exponiendo: “el formato es manifiestamente contrario al interés superior del menor, pudiendo producir efectos nefastos en su personalidad”, afirmaba la comisión que presentó las quejas.
También cabe mencionar un documento elaborado por la facultad de Criminología* de la Universidad del País Vasco, “La protección de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los menores de edad frente a los medios de comunicación”, Pedrosa nos dice: “sobre este programa podemos destacar que claramente vulnera la intimidad del menor, ya que se emiten escenas donde se muestra cómo los menores chillan, insultan e incluso rompen objetos y pegan a sus padres. Esto puede hacer que este niño en un futuro sea reconocido como el que salió en ese programa de televisión, haciendo que la gente llegue a burlarse de él o incluso yendo un poco más lejos, impedirle conseguir un trabajo o establecer relaciones por la conducta que tuvo de pequeño”.
Save The Children elaboró un informe** titulado Análisis de la violencia contra la infancia y la adolescencia en el entorno digital en el que recoge, entre otras formas de violencia online, el “sharenting”, que consiste en exponer pública y constantemente la vida de sus hijas e hijos en la red (cumpleaños, actividades, momentos de ocio, etc.). Según el escrito, esto “puede parecer una costumbre inofensiva, pero debemos ser conscientes de las consecuencias que puede tener para las vidas de las niñas y los niños” ya que la huella digital es el rastro que dejamos cuando utilizamos internet y que no podemos eliminar, dejando esas informaciones expuestas para siempre.
La legislación española prevé que el consentimiento para compartir información personal de menores de 14 años debe ser prestado por madres y padres. Sin embargo, en este caso ese consentimiento dado por padres y madres puede ir en contra del interés superior del menor, pudiendo vulnerar sus derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen y ocasionar daños graves a corto y largo plazo.
Por otro lado, a pesar de que en su página web RTVE afirme que el programa Supernanny utiliza “métodos innovadores y probados a lo largo del tiempo, el programa ayuda a resolver problemas de comportamiento, sueño, comidas, control de emociones y otros desafíos”, la realidad es que diversos profesionales nos cuestionamos acerca de las metodologías de crianza utilizadas en pasadas ediciones. Las intervenciones propuestas son potencialmente dañinas para el desarrollo emocional y social de los niños y niñas, pudiendo repercutir negativamente en la confianza hacia sus cuidadores principales, en la auto-estima de los niños y niñas y en la creación de un apego seguro, indispensable para un desarrollo sano en la infancia.
Por todo ello, solicitamos a Dª Sira Rego, ministra de Juventud e Infancia la suspensión de dicho programa o, en su defecto, la protección de la identidad de los menores mediante la pixelación de imágenes, distorsión de voz u otros mecanismos utilizados para tal fin.
Esta(s) medida(s) ayudarían a proteger a los niños y niñas, asegurando el cumplimiento de los derechos de la infancia recogidos en diversas leyes vigentes en la actualidad en España***.
Por favor, firma y comparte esta petición si estás de acuerdo con esta propuesta para proteger la infancia y sus derechos fundamentales.
Profesionales que apoyan esta iniciativa:
Fernanda Bocco y Nuria Comonte – LA SEMILLA VIOLETA
Almudena García – plataforma LUDUS y autora del libro “Otra educación ya es posible “
Amaia Halty – Psicóloga y co-autora del libro “Aprender seguros”
Bei Muñoz – Certificada en Disciplina Positiva, creadora de EDUCANDO EN CONEXIÓN
Begoña González – Co-fundadora y Coordinadora Pedagógica de El Roure
Betzabé Lillo – Maestra y Formadora Montessori
Carlos Pitillas – Doctor en Psicología, autor del libro “El daño que se hereda: comprender y abordar la transmisión intergeneracional del trauma”
Catherine L´Ecuyer – Doctora en educación y psicología, autora de los libros “Educar en la realidad” y “Educar en el asombro”
Edurne Lekunberri y Lurdes Garmendia – Directoras de las Escuelas Infantiles de Pamplona
Elisenda Pascual – Psicóloga de crianza respetuosa
Javier Abad y Ángeles Ruiz de Velasco – Doctor en Bellas Artes y Doctora en Educación -INSTALACIONES DE JUEGO
Jordi Mateu – Maestro y Psicomotricista, creador del Centro CAIEV
Jose María Toro – Maestro, autor del libro “Educar con el co-razón”, entre otros
Malena Martín y Jordi García Barreiro – Profesora y creadora de APRENDIENDO MATEMÁTICAS
Mario Salvador – Psicólogo y co-creador del Instituto de Psicoterapia ALECES
Marisa Moya – Entrenadora certificada en Disciplina Positiva, conferenciante
Beatriz Pérez Rodríguez y Teo Agulló López – VA DE CUENTOS
Zoraida del Paso – Pedagoga, creadora ESCUELA DE PADRES Y MADRES
Estudios mencionados:
* PEDROSA, I. “La protección de los derechos al honor, a la intimidad y a la propia imagen de los menores de edad frente a los medios de comunicación”. Trabajo de fin de grado de criminología de la Universidad del País Vasco. 2018. https://addi.ehu.es/bitstream/handle/10810/29684/Alzua%20Pedrosa%20Irene.pdf?sequence=2
** “Análisis de la violencia contra la infancia y la adolescencia en el entorno digital” https://www.savethechildren.es/sites/default/files/imce/docs/informe_violencia_viral_1.pdf
*** Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia. / Ley Orgánica 1/96, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, de modificación del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil. / Ley Orgánica 8/2015, de 23 de julio, y Ley 26/2015, de 29 de julio, ambas de modificación del Sistema de protección a la infancia y la adolescencia.
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